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Deducción IRPF por Aerotermia 2026

Deducción IRPF por Aerotermia 2026

14 min
Equipo Aerotermia Hogar

Instalar una bomba de calor no es precisamente barato, pero la deducción IRPF por aerotermia permite recuperar una parte considerable de esa inversión directamente en tu declaración de la renta. Este incentivo fiscal se mantiene con porcentajes que pueden alcanzar el 60% sobre una base máxima de 15.000 euros, aunque con un matiz importante que mucha gente pasa por alto: no es un único descuento con tramos crecientes, sino tres deducciones distintas de la disposición adicional quincuagésima de la LIRPF, cada una con su propio requisito técnico y su propio plazo — e incompatibles entre sí para una misma obra: para una obra concreta solo puedes acogerte a una de las tres, la que corresponda según la mejora conseguida. Si ya has instalado aerotermia o tienes previsto hacerlo, entender esta diferencia —y la fecha límite real— puede marcar una diferencia de varios miles de euros en tu cuota a pagar.

Qué es la deducción IRPF por aerotermia y por qué existe

La deducción por aerotermia es una ventaja fiscal que Hacienda ofrece a propietarios de viviendas que instalan sistemas de climatización eficiente. La aerotermia extrae energía térmica del aire exterior para calentar o enfriar el hogar, reduciendo de forma significativa el consumo de energía convencional y las emisiones asociadas.

Esta deducción forma parte de las medidas de impulso a la rehabilitación energética de edificios, recogidas en la disposición adicional quincuagésima de la Ley del IRPF (LIRPF). El importe de estas deducciones se resta de la cuota íntegra estatal después de las deducciones del artículo 68. El objetivo es incentivar que los ciudadanos sustituyan sistemas antiguos y contaminantes —calderas de gas, radiadores eléctricos— por alternativas más eficientes como la bomba de calor aerotérmica. A cambio, el Estado permite reducir la cuota íntegra del IRPF en el año en que se realiza la obra.

Porcentajes, requisitos y plazos: cuánto puedes desgravar por aerotermia

La desgravación fiscal por aerotermia no es un único descuento con tramos crecientes del 20% al 60%: son tres deducciones independientes, cada una con su propio requisito técnico, su propio ámbito (vivienda o edificio) y su propio plazo de ejecución de obras — e incompatibles entre sí para una misma obra, según establece la propia normativa: no puedes aplicar dos de estas deducciones a los mismos gastos, solo la que corresponda según la mejora conseguida. Aquí hay algo que conviene aclarar desde el principio, porque genera bastante confusión: no basta con mejorar “un poco” para acceder al tramo alto — el salto del 20%/40% al 60% exige una mejora energética mucho mayor, y solo el tramo del 60% corresponde formalmente a obras de rehabilitación de edificio (aunque una vivienda unifamiliar sí cuenta como tal).

DeducciónRequisito técnicoÁmbitoBase máximaDeducción máximaPlazo de obras
20%Reducción ≥7% en demanda de calefacción y refrigeraciónVivienda habitual o en alquiler5.000 €/año1.000 €Hasta 31/12/2026
40%Reducción ≥30% en consumo de energía primaria no renovable, o calificación energética A/BVivienda habitual o en alquiler7.500 €/año3.000 €Hasta 31/12/2026
60%Mismo requisito que el 40% (≥30% energía no renovable o calificación A/B)Rehabilitación energética de edificio de uso predominantemente residencial (incluye viviendas unifamiliares)5.000 €/año, hasta 15.000 € acumulados9.000 €Hasta 31/12/2027

Fuente: Agencia Tributaria — Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas, plazos ampliados por el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre.

El error más habitual: confundir el requisito del tramo 20% (7% de reducción de demanda, relativamente alcanzable) con el de los tramos 40%/60% (30% de reducción de consumo de energía no renovable, o directamente alcanzar calificación A o B) — mucho más exigente. No basta con “mejorar algo” para llegar al 60%; hace falta una reforma energética sustancial, normalmente combinando aerotermia con otras medidas (aislamiento, ventanas) si se parte de una vivienda con mala calificación.

Ejemplo práctico de cálculo del IRPF por bomba de calor

Tomemos el caso de una vivienda unifamiliar donde se instala una aerotermia por 10.000 euros, dentro de una obra de rehabilitación energética. El certificado energético previo a la obra clasificaba la vivienda en clase E. Tras la instalación, alcanza clase B, lo que cumple el requisito de calificación exigido para el tramo del 60% (rehabilitación de edificio, incluye unifamiliares).

En este escenario:

  • Coste de la instalación: 10.000 euros
  • Porcentaje de deducción aplicable: 60%
  • Base de deducción: 10.000 euros (no supera el límite de 15.000 acumulados)
  • Deducción calculada: 10.000 × 0,60 = 6.000 euros

Esta deducción se resta directamente de la cuota íntegra estatal, no de la base imponible: no se aplica ningún tipo marginal. Si la cuota íntegra estatal del contribuyente ese año es de al menos 6.000 euros, la deducción reduce la cuota en esos 6.000 euros completos.

Si la misma obra solo hubiera conseguido una reducción del 15% en consumo de energía no renovable (sin llegar al 30% ni a calificación A/B), no accedería ni al tramo del 40% ni al del 60% — como mucho, si redujo ≥7% la demanda de calefacción/refrigeración, entraría en el tramo del 20% (2.000 € de deducción sobre esos mismos 10.000 €, limitados a la base máxima de 5.000 €: 1.000 €).

Cómo acreditar la mejora energética ante Hacienda para desgravar la aerotermia

Para aplicar la deducción en la declaración de la renta, necesitas documentación que demuestre la mejora energética de forma fehaciente. Hacienda no acepta estimaciones ni promesas del instalador; exige pruebas concretas y registradas oficialmente.

El certificado de eficiencia energética, pieza clave para la desgravación

El documento central es el Certificado de Eficiencia Energética (CEE). Debes obtener dos certificados comparables:

  1. Certificado previo: Realizado antes de iniciar las obras, que refleja el estado energético inicial de la vivienda.
  2. Certificado posterior: Realizado después de completar la instalación, que demuestra la mejora conseguida.

Ambos certificados deben ser emitidos por un técnico certificador oficial y registrados en el registro autonómico o estatal correspondiente. No vale cualquier documento técnico: tiene que ser un certificado oficial con número de registro, firmado por un técnico competente habilitado. Este detalle, En la práctica, es el que más gente pasa por alto y el que más declaraciones complica a posteriori.

Otros documentos obligatorios para la declaración de la renta

  • Factura del instalador con CIF, fecha y descripción detallada de los trabajos realizados, con el IVA desglosado
  • Contrato con la empresa instaladora homologada
  • Documentación técnica de la aerotermia (especificaciones del equipo, potencia, modelo)
  • Documentación acreditativa de ser propietario de la vivienda habitual

Cómo afectan las subvenciones a la deducción IRPF por aerotermia

Un aspecto que muchos propietarios pasan por alto es el tratamiento de otras ayudas públicas recibidas. Si has solicitado subvenciones del PERTE Calor, ayudas autonómicas o fondos municipales para la instalación, estas reducen la base sobre la que se calcula la desgravación fiscal.

Cálculo de la deducción con subvenciones previas

Mismo ejemplo anterior, pero habiendo recibido una subvención del PERTE de 4.000 euros:

  • Coste total de instalación: 10.000 euros
  • Subvención PERTE recibida: 4.000 euros
  • Base neta para deducción: 10.000 - 4.000 = 6.000 euros
  • Deducción calculada: 6.000 × 0,60 = 3.600 euros (de nuevo, cuota estatal suficiente permitiendo)

La diferencia es notable: de 6.000 euros de deducción sin subvenciones previas se pasa a 3.600 euros combinando ambas ayudas. No es que una opción sea mejor que la otra —en conjunto sigues saliendo ganando—, pero conocer todas las ayudas recibidas antes de calcular la deducción es indispensable para no cometer errores en la declaración.

Requisitos para aplicar la deducción por mejora de eficiencia energética

No cualquier instalación de aerotermia genera automáticamente derecho a deducción. Hay condiciones específicas que deben cumplirse en tres planos distintos.

Requisitos sobre la vivienda

  • Debe ser tu vivienda habitual (no segunda residencia ni vivienda vacacional)
  • Debe tener una antigüedad superior a dos años en el momento de realizar la obra
  • Debe estar ubicada en territorio español

Requisitos sobre la mejora energética acreditada

  • La mejora debe alcanzar al menos el umbral mínimo de cada tramo (desde el 7% en demanda de calefacción o refrigeración)
  • Esta mejora se acredita exclusivamente mediante los certificados de eficiencia energética comparados
  • La mejora debe ser resultado directo de la instalación de la bomba de calor aerotérmica

Requisitos sobre la documentación

  • Todos los documentos deben estar correctamente cumplimentados y registrados
  • Las facturas deben incluir el IVA desglosado y la identificación completa del instalador
  • Los certificados energéticos deben estar expedidos por técnicos acreditados y registrados

Cuándo incluir la deducción en tu declaración de la renta

La deducción IRPF por aerotermia se aplica en el año natural en que se finaliza la obra, acreditada por el certificado energético posterior. Si terminas la instalación en marzo de 2026, la deducción entra en la renta que presentas en la campaña de 2027, correspondiente al ejercicio fiscal 2026.

La norma general es que la deducción se aplica en el ejercicio en que se produce la mejora acreditada, aunque el pago de la factura se haya realizado parcialmente en el año anterior. No confundas esto con el plazo para realizar las obras, que es distinto: hasta el 31/12/2026 para los tramos del 20% y 40% (vivienda), y hasta el 31/12/2027 para el tramo del 60% (edificio). Una obra terminada después de esas fechas no da derecho a deducción, independientemente de en qué año se presente la declaración.

Comparativa: aerotermia frente a otras mejoras energéticas deducibles

Las tres deducciones de la disposición adicional quincuagésima de la LIRPF no distinguen por tecnología (aerotermia, ventanas, aislamiento…), sino por el resultado energético acreditado y el ámbito de la obra. El tramo del 60% que alcanza cualquiera de estas mejoras exige el mismo requisito exigente (≥30% de reducción en energía no renovable, o calificación A/B) y solo aplica a obras de rehabilitación de edificio, no a una mejora aislada en vivienda:

Tipo de mejoraDeducción máxima posibleRequisito para el tramo del 60%Complejidad de acreditación
Aerotermia (bomba de calor)60% (base máx. 15.000 € acumulados)≥30% energía no renovable o calificación A/B, en edificioMedia-Alta
Cambio de ventanas y carpintería60% (base máx. 15.000 € acumulados)≥30% energía no renovable o calificación A/B, en edificioMedia
Aislamiento térmico de fachada60% (base máx. 15.000 € acumulados)≥30% energía no renovable o calificación A/B, en edificioAlta
Panel solar térmicoVariable según programa — no verificado en esta revisión—Media
Calderas de biomasa60% (base máx. 15.000 € acumulados)≥30% energía no renovable o calificación A/B, en edificioMedia

Pasos para solicitar la deducción por aerotermia en tu IRPF

  1. Obtén el certificado energético previo antes de iniciar ninguna obra, emitido por técnico competente y registrado oficialmente.
  2. Contrata una empresa instaladora certificada y asegúrate de que toda la documentación sea oficial desde el inicio.
  3. Realiza la instalación de la aerotermia o bomba de calor.
  4. Obtén el certificado energético posterior una vez finalizada la obra, que demuestre la mejora conseguida.
  5. Reúne toda la documentación: facturas con CIF y descripción detallada, certificados, contrato y especificaciones técnicas del equipo.
  6. Incluye la deducción en tu declaración de la renta del año en que finalizó la obra, en el apartado de deducciones por mejora de eficiencia energética.

Preguntas frecuentes sobre la deducción IRPF por aerotermia

¿Cuánto me devuelve Hacienda por instalar aerotermia?

Depende de la mejora energética conseguida y acreditada mediante los certificados oficiales, y de si la obra es en tu vivienda o de rehabilitación de edificio: reducción ≥7% en demanda de calefacción/refrigeración: 20% sobre base máxima de 5.000 €/año, hasta 1.000 € de deducción; reducción ≥30% en consumo de energía no renovable (o calificación A/B) en vivienda: 40% sobre base máxima de 7.500 €/año, hasta 3.000 €; el mismo requisito técnico, pero en una obra de rehabilitación energética de edificio (incluye viviendas unifamiliares): 60% sobre base máxima de 15.000 € acumulados, hasta 9.000 €.

¿Qué documentos necesito para aplicar la deducción IRPF?

Necesitas el certificado de eficiencia energética antes de la instalación (emitido por técnico competente y registrado, con un máximo de dos años de antigüedad respecto al inicio de las obras), el certificado después de la instalación demostrando la mejora conseguida, la factura del instalador con CIF, fecha y descripción detallada, y que la vivienda sea tu residencia habitual o esté destinada al alquiler. Sin el certificado previo, no es posible acreditar la mejora y se pierde el derecho a la deducción.

¿Se puede deducir la aerotermia en una segunda residencia?

No, salvo que la vivienda esté alquilada o en expectativa de alquiler. Las deducciones por mejora de eficiencia energética de la disposición adicional quincuagésima de la LIRPF aplican a la vivienda habitual o a viviendas destinadas al alquiler; una segunda residencia de uso propio no genera derecho a deducción por este concepto.

¿Hasta cuándo se puede aplicar esta deducción?

Las obras deben estar realizadas y pagadas antes del 31 de diciembre de 2026 para los tramos del 20% y 40% (vivienda), y antes del 31 de diciembre de 2027 para el tramo del 60% (rehabilitación energética de edificios). El plazo se amplió mediante el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre. Una obra terminada después de esas fechas no da derecho a deducción, aunque se pague o se declare más tarde.

¿Puedo fraccionar la deducción en varios años?

Hay un arrastre confirmado, pero no es el que mucha gente asume. Para el tramo del 60% (edificio), si las cantidades satisfechas en un año superan la base máxima anual de 5.000 €, el exceso de gasto no deducido puede aplicarse en los 4 ejercicios siguientes, con el mismo límite anual de 5.000 € y sin que la base acumulada supere nunca los 15.000 €. Esto es un arrastre del gasto que excede la base anual — no está confirmado si, además, el importe de deducción que no llegara a absorber tu cuota íntegra de un año concreto se puede trasladar a ejercicios futuros o se pierde; si tu situación depende de este matiz, coméntalo directamente con un asesor fiscal antes de planificar en qué año concentrar el gasto.

¿Puedo deducir también el IVA de la factura?

Sí, en general. La AEAT indica expresamente que el contribuyente puede incluir en la base de la deducción las cuotas de IVA que haya satisfecho por la realización de las obras — no se limita al coste neto. La excepción es el IVA que sea recuperable por otra vía (por ejemplo, si eres autónomo o empresa y lo deduces en tu IVA repercutido): ese importe no debería computarse dos veces. Para tu caso concreto, consulta con un asesor fiscal.

Conclusión

La deducción IRPF por aerotermia es una oportunidad concreta para recuperar parte de tu inversión en eficiencia energética directamente en tu declaración de la renta. Son tres deducciones distintas (20%, 40% y 60%), con requisitos técnicos y plazos diferentes, y bases máximas de hasta 15.000 euros — el ahorro fiscal puede ser muy relevante, pero solo si sabes en qué tramo entra realmente tu obra.

La clave está en actuar con orden: obtener el certificado energético oficial antes de iniciar cualquier obra, elegir una empresa instaladora que garantice la documentación correcta, y no dejar pasar el plazo de ejecución (31/12/2026 para vivienda, 31/12/2027 para rehabilitación de edificio). Si has instalado recientemente una bomba de calor aerotérmica o tienes previsto hacerlo, consulta con un asesor fiscal para confirmar en qué tramo entra tu caso concreto y asegurarte de que no dejas sobre la mesa una desgravación que puede alcanzar los 9.000 euros.

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Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me devuelve Hacienda por instalar aerotermia?
Depende de la mejora energética conseguida y de si la obra es en tu vivienda o en un edificio: reducción ≥7% en demanda de calefacción/refrigeración: 20% sobre base máx. 5.000 €/año = hasta 1.000 €. Reducción ≥30% en consumo de energía no renovable (o calificación A/B): 40% sobre base máx. 7.500 €/año = hasta 3.000 € en vivienda; el mismo requisito técnico da derecho a un 60% sobre base máx. 15.000 € acumulados cuando la obra es de rehabilitación energética de un edificio (incluye viviendas unifamiliares) = hasta 9.000 €.
¿Qué documentos necesito para aplicar la deducción IRPF?
Certificado de eficiencia energética ANTES de la instalación (emitido por técnico competente, con un máximo de dos años de antigüedad respecto al inicio de las obras), certificado DESPUÉS de la instalación demostrando la mejora, factura del instalador con CIF, fecha y descripción detallada, y que la vivienda sea tu residencia habitual o esté destinada al alquiler.
¿Se puede deducir la aerotermia en una segunda residencia?
No, salvo que esté destinada al alquiler. Las deducciones por mejora de eficiencia energética de la disposición adicional quincuagésima de la LIRPF aplican a la vivienda habitual del contribuyente o a viviendas alquiladas o en expectativa de alquiler; una segunda residencia de uso propio no genera derecho a deducción por este concepto.
¿Hasta cuándo se puede aplicar esta deducción?
Las obras deben estar realizadas y pagadas antes del 31 de diciembre de 2026 para los tramos del 20% y 40% (vivienda), y antes del 31 de diciembre de 2027 para el tramo del 60% (rehabilitación energética de edificios). El plazo se amplió mediante el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre (BOE).
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